1)Con lo leido anteriormente y con la ayuda de las páginas 202-203, Responder:
a- Hacé un balance de la relación democracia-derechos humanos en términos de avances, fallas y nuevos desafíos.
b-Analizá la siguiente frase. Justificá.
"Derechos humanos y democracia, una pareja inseparable" ¿O una pareja en problemas?
viernes, 26 de octubre de 2012
jueves, 18 de octubre de 2012
LA DEMOCRACIA Y LOS DERECHOS HUMANOS
Marco normativo de derechos
humanos
Los valores de libertad y respeto
por los derechos humanos y el principio de celebrar elecciones periódicas y
genuinas mediante el sufragio universal son elementos esenciales de la
democracia. A su vez, la democracia proporciona el medio natural para la
protección y la realización efectiva de los derechos humanos. Esos valores se
han incorporado en la Declaración Universal de
Derechos Humanos y han sido elaborados aún más en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
que consagra una multitud de derechos políticos y libertades civiles en que se
basan las democracias significativas.
El nexo entre democracia y
derechos humanos figura en el artículo 21(3) de la Declaración Universal de
Derechos Humanos, que establece:
«La voluntad del
pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará
mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por
sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente
que garantice la libertad del voto».
Los derechos consagrados en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales
y Culturales y en instrumentos de derechos humanos posteriores que
abarcan los derechos de los grupos (por ejemplo, los pueblos indígenas,
las minorías, las personas con
discapacidades) son igualmente esenciales para la democracia habida
cuenta de que garantizan la inclusión de todos los grupos, incluyendo la
igualdad y equidad con respecto al acceso a los derechos civiles y políticos.
Durante muchos años la Asamblea
General de las Naciones Unidas y la ex Comisión de Derechos Humanos trataron de
valerse de los instrumentos internacionales de derechos humanos para promover
una comprensión común de los principios, las normas, y los valores que
constituyen la base de la democracia, con miras a orientar a los Estados
Miembros para la formación de tradiciones e instituciones democráticas internas;
y atender sus compromisos en cuanto a derechos humanos, democracia y desarrollo
Ello llevó a articular varias
resoluciones de la ex Comisión de Derechos Humanos que han constituido un hito.
En 2000, la Comisión recomendó
una serie de importantes medidas legislativas, institucionales y prácticas para
consolidar la democracia (resolución 2000/47); y en 2002, la Comisión declaró
lo siguiente como elementos esenciales de la democracia:i
·
Respeto por los derechos humanos y
las libertades fundamentales
·
Libertad de asociación
·
Libertad de expresión y de opinión
·
Acceso al poder y su ejercicio de
conformidad con el imperio de la ley
·
La celebración de elecciones
periódicas, libres y justas por sufragio universal y por voto secreto como
expresión de la voluntad de la población
·
Un sistema pluralista de partidos y
organizaciones políticas
·
La separación de poderes
·
La independencia del poder judicial
·
La transparencia y la responsabilidad
en la administración pública
·
Medios de información libres,
independientes y pluralistas.
jueves, 4 de octubre de 2012
La ciudadanía
CIUDADANÍA Y CLASE SOCIAL - T. H. MARSHALL
T. H. Marshall divide la ciudadanía en tres partes, a saber, civil (caracterizada por lo derechos necesarios para la libertad individual, como el derecho al libre pensamiento o a la expresión, y con los tribunales de justicia como instituciones ligadas), política (derecho a participar en la política como miembro pasivo y activo, ligado al Parlamento y a las juntas de gobierno locales) y social (caracterizado por el derecho a la seguridad y un mínimo de bienestar económico, a compartir la herencia social y a poder vivir como un ser civilizado de acuerdo con los estándares sociales, ligado esto a la educación y a los servicios sociales).
La temprana influencia de la ciudadanía en la clase social.
La ciudadanía es el estatus que se concede a los miembros de pleno derecho de una comunidad, siendo sus beneficiarios iguales en cuanto a los derechos y deberes que tal estatus conlleva. La ciudadanía es un sistema de igualdades mientras que la clase social se basa en la desigualdad.
T. H. Marshall distingue dos tipos de clase social: el basado en una jerarquía de estatus y de ius sanguinium, al que la ciudadanía con sus derechos igualitarios socavaría y destruiría, y el basado igualmente en el estatus, pero a diferencia del anterior no en la existencia por derecho, sino en la interpretación de la norma, el sistema basado en una igualdad jurídica, y herencia o producto del capitalismo, en la cual la cultura de clase se reduce al mínimo y se aplica el concepto “universal” de ciudadano.
No obstante la clase social funciona, ya que “proporciona incentivos para el esfuerzo y estructura la distribución del poder”.
La ciudadanía, al actuar de tabula rasa otorgando un estatus de igualdad jurídica, que no de poderes ni económica, favoreció un sistema basado en la igualdad de base que favorecía la desigualdad diferencial. Los derechos que igualaban a los ciudadanos no eran sino derechos, es decir, no se traducían en hechos literales. Es decir, el derecho a la propiedad no otorga propiedad, sino el derecho a tenerla, y mantenerla, cuando se dispongan de los medios para ello. La ciudadanía favorecía al capitalismo porque otorgaba igualdad a relaciones claramente desiguales.
No obstante, resulta obvio que negar que los derechos no proporcionaban igualdad real es falso. La clase durante mucho tiempo condicionó el estatus real en la sociedad, así como el poder económico, que podía por ejemplo influenciar en la política, o en el terreno de lo jurídico, donde los costes de los asesores legales altamente cualificados son muy grandes y limitan de facto la igualdad ante la ley. El reconocimiento de derechos no implica la consecución real de éstos, ni una traducción mayor igualdad real. Empero, la ciudadanía, que en principio supuso una “falsa” igualdad, sí inspiró a la sociedad en pro de una igualdad real, con más profusión en el terreno de lo social, y con mayor profundización. Supuso guiar el camino para que en el siglo XX se alcanzasen los derechos sociales.
Por otro lado la ciudadanía posee un efecto integrador intrínseco para toda la comunidad nacional, que sienten que como ciudadanos pertenecen a un agregado común superior. La lealtad voluntariamente entregada de hombres libres bajo un derecho común. La ciudadanía estimuló la conciencia nacional moderna.
1) Con lo expuesto a continuación realizá un mapa conceptual en la carpeta.
La ciudadanía democrática concede a las diferencias de estatus un marco de legitimidad, siempre que no sean muy grandes, se produzcan en el seno de una civilización única, y no sean expresión de privilegios heredados. La desigualdad sólo puede aceptarse si es dinámica y proporciona un incentivo para el cambio y la mejora.
Por otro lado, la igualdad absoluta no es alcanzable, y existen dos tipos de limites, los económicos y los ciudadanos. Lo que se persigue es la eliminación de las desigualdades que no pueden considerarse legítimas.
Los derechos llevan inherentes obligaciones.
La intervención estatal es necesaria para regular el conflicto entre el libre mercado y las medidas igualitarias.
2) Leer las páginas 130 y 131 y realizar las actividades del Documento uno y dos.
T. H. Marshall divide la ciudadanía en tres partes, a saber, civil (caracterizada por lo derechos necesarios para la libertad individual, como el derecho al libre pensamiento o a la expresión, y con los tribunales de justicia como instituciones ligadas), política (derecho a participar en la política como miembro pasivo y activo, ligado al Parlamento y a las juntas de gobierno locales) y social (caracterizado por el derecho a la seguridad y un mínimo de bienestar económico, a compartir la herencia social y a poder vivir como un ser civilizado de acuerdo con los estándares sociales, ligado esto a la educación y a los servicios sociales).
La temprana influencia de la ciudadanía en la clase social.
La ciudadanía es el estatus que se concede a los miembros de pleno derecho de una comunidad, siendo sus beneficiarios iguales en cuanto a los derechos y deberes que tal estatus conlleva. La ciudadanía es un sistema de igualdades mientras que la clase social se basa en la desigualdad.
T. H. Marshall distingue dos tipos de clase social: el basado en una jerarquía de estatus y de ius sanguinium, al que la ciudadanía con sus derechos igualitarios socavaría y destruiría, y el basado igualmente en el estatus, pero a diferencia del anterior no en la existencia por derecho, sino en la interpretación de la norma, el sistema basado en una igualdad jurídica, y herencia o producto del capitalismo, en la cual la cultura de clase se reduce al mínimo y se aplica el concepto “universal” de ciudadano.
No obstante la clase social funciona, ya que “proporciona incentivos para el esfuerzo y estructura la distribución del poder”.
La ciudadanía, al actuar de tabula rasa otorgando un estatus de igualdad jurídica, que no de poderes ni económica, favoreció un sistema basado en la igualdad de base que favorecía la desigualdad diferencial. Los derechos que igualaban a los ciudadanos no eran sino derechos, es decir, no se traducían en hechos literales. Es decir, el derecho a la propiedad no otorga propiedad, sino el derecho a tenerla, y mantenerla, cuando se dispongan de los medios para ello. La ciudadanía favorecía al capitalismo porque otorgaba igualdad a relaciones claramente desiguales.
No obstante, resulta obvio que negar que los derechos no proporcionaban igualdad real es falso. La clase durante mucho tiempo condicionó el estatus real en la sociedad, así como el poder económico, que podía por ejemplo influenciar en la política, o en el terreno de lo jurídico, donde los costes de los asesores legales altamente cualificados son muy grandes y limitan de facto la igualdad ante la ley. El reconocimiento de derechos no implica la consecución real de éstos, ni una traducción mayor igualdad real. Empero, la ciudadanía, que en principio supuso una “falsa” igualdad, sí inspiró a la sociedad en pro de una igualdad real, con más profusión en el terreno de lo social, y con mayor profundización. Supuso guiar el camino para que en el siglo XX se alcanzasen los derechos sociales.
Por otro lado la ciudadanía posee un efecto integrador intrínseco para toda la comunidad nacional, que sienten que como ciudadanos pertenecen a un agregado común superior. La lealtad voluntariamente entregada de hombres libres bajo un derecho común. La ciudadanía estimuló la conciencia nacional moderna.
1) Con lo expuesto a continuación realizá un mapa conceptual en la carpeta.
La ciudadanía democrática concede a las diferencias de estatus un marco de legitimidad, siempre que no sean muy grandes, se produzcan en el seno de una civilización única, y no sean expresión de privilegios heredados. La desigualdad sólo puede aceptarse si es dinámica y proporciona un incentivo para el cambio y la mejora.
Por otro lado, la igualdad absoluta no es alcanzable, y existen dos tipos de limites, los económicos y los ciudadanos. Lo que se persigue es la eliminación de las desigualdades que no pueden considerarse legítimas.
Los derechos llevan inherentes obligaciones.
La intervención estatal es necesaria para regular el conflicto entre el libre mercado y las medidas igualitarias.
2) Leer las páginas 130 y 131 y realizar las actividades del Documento uno y dos.
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